Resumen: La Sala se remite a la sentencia de 13 de noviembre de 2019, dictada en el recurso de casación RCA/3023/2018, deducido por el mismo fondo de inversión norteamericano. En dicha sentencia se le reconoció el derecho a la devolución del exceso de las retenciones practicadas sobre dividendos de fuente española por considerarlas contrarias al principio de libre circulación de capitales, ya que, existiendo mecanismo para el intercambio de información entre España y los Estados Unidos, en caso de duda correspondía a las autoridades españolas recabar la información necesaria de las autoridades estadounidenses sobre la necesaria similitud del fondo norteamericano con los fondos residentes para conceder la devolución instada. Por tanto, al no haber actuado la Administración de dicho modo -se limitó a iniciar el procedimiento de comprobación y justificar la retención del 15% en base a la ley y al Convenio de doble imposición-, prospera la pretensión actora y se declara su derecho a la devolución de lo indebidamente retenido con sus intereses.